En virtud de la reiteración de algunos episodios desagradables ocurridos durante los últimos días, los que causaron honda preocupación en nuestra Comisión Directiva, se comunica que los malos tratos y las faltas de respeto a los empleados y miembros de la Asociación, así como las que se formulen contra la propia institución, serán severamente penalizados. A tal fin se recuerda lo dispuesto por el artículo 74° de nuestro Reglamento de Disciplina, el que establece lo siguiente:
“El dirigente o representante de cualquier country o barrio privado que infrinja las disposiciones o reglamentos de la Asociación Intercountry o incurra en actos de indisciplina, será sancionado de acuerdo a los siguientes incisos: a) Suspensión de 2 a 7 meses, y una multa para los countries o barrios privados a los que representan de $ 700.-, a aquel dirigente o representante que haga manifestaciones maliciosas, tendenciosas o insidiosas contra la Asociación Intercountry, sus cuerpos colegiados o cualquiera de sus integrantes. Igual sanción cabrá en caso de intento de agresión a los dirigentes de la Asociación Intercountry. En todos los casos, la pena abarcará las funciones de dirigente o representante y de jugador.b) Suspensión de 6 a 12 meses, y una multa para los countries o barrios privados a los que representan de $1.400.-, a aquel dirigente o representante que agreda a cualquiera de las partes citadas en a). La pena abarcará a las funciones de dirigente o representante y de jugador”. Por lo previamente expuesto se sugiere que sean los delegados y los representantes autorizados quienes concurran a nuestra sede social a realizar los trámites que correspondan.– Buenos Aires, 17 de Abril de 2012.— |