| En virtud de que se han recibido varios informes arbitrales comunicando deficiencias en la demarcación de las canchas y la presencia delíneas ajenas a las marcas reglamentarias exigidas, se recuerda que los campos de juego deberán cumplir con lo normado por el Capítulo 5º de nuestro Reglamento de Torneos 2005. En los casos en que ello no ocurriera, la Comisión Directiva podrá disponer la inhabilitación de los mismos. Buenos Aires, 9 de Junio de 2005.- |