N° 11/2008: INFORMACIÓN ANTICIPADA DE LA CANCHA A EMPLEAR POR EQUIPO EN CADA FIN DE SEMANA – “OBLIGACIÓN DE CUMPLIMIENTO”

En virtud de la falta de cumplimiento, por parte de una gran cantidad de delegados, de la normativa prevista en el Capítulo 5º del Reglamento Interno de Torneos 2008, la que dispone que “para la realización de partidos, cada equipo local deberá informar en la reunión de delegados anterior cuál cancha (habilitada por la Asociación) empleará”, se recuerda que:

1º) El martes anterior al partido, a las 19,00 horas, vencerá el plazo para comunicar la información precitada;

2º) Se recomienda que la referida información sea comunicada vía telefónica o escrita el día lunes previo al partido;

3º) En caso de que se incumpla la disposición mencionada en los tiempos referidos, los equipos del country infractor quedarán inhabilitados para disputar partidos durante el fin de semana.——–

Buenos Aires, 23 de Mayo de 2008.-

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