| Se recuerda que es responsabilidad de los equipos designados como “local”, en cada uno de los partidos de los fixtures de los distintos torneos, el disponer de una cancha habilitada por esta Asociación para la disputa del encuentro en el día preestablecido (Capítulo 5º del Reglamento de Torneos: “…cada equipo que actúe como local tendrá la obligación de presentar, al menos, una de las canchas oportunamente informadas, en el momento de la realización de los partidos.”). Si así no ocurriere, la Comisión Directiva podrá determinar la pérdida de puntos para el infractor. La excepción a esta norma estará dada cuando corresponda aplicar la sanción de pérdida de localía. |