N° 5/2014: REDES PARAPELOTAS – OBLIGATORIEDAD REGLAMENTARIA

Se recuerda lo dispuesto en el Capítulo 5° del Reglamento de Torneos 2014, aclarándose que, en caso de incumplimiento, la institución será penalizada conforme la normativa del Reglamento de Disciplina 2014.

“Las canchas también deberán contar con redes parapelotas detrás de los arcos, cuyas medidas deberán ser de, aproximadamente, quince metros de largo por cinco de alto”.

Buenos Aires, 7 de Marzo de 2014.–

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